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viernes, 14 de junio de 2013

Préstamos hipotecarios (parte II)

¿Qué es eso? ¿Qué es un préstamo hipotecario?.

Un día ves que tienes un dinero ahorrado y que quieres tener una vivienda donde envejecer  o echas raíces. Ése día buscas una vivienda para comprarla y como lo que tienes ahorrado no dá para pagarla pues vas a los bancos a pedir un préstamo.

Los bancos tienen diferentes tipos de préstamos dependiendo de:
  • si son a mas o menos plazo 
  • si son de mas o menos dinero
  • si hay mas o menos garantías de que devuelvas el dinero prestado
Como la vivienda suele ser algo que nunca ha bajado de valor (salvo cuando lo inflaron) y en cualquier caso puede incluso subir de valor pues hay un tipo especial de préstamo llamado préstamo hipotecario, que consiste en un préstamo donde:
  • el plazo para devolver el préstamo es de 20 o mas años
  • el dinero a prestar es de mas de cien mil euros 
  • la garantía es la propia vivienda que compras gracias al préstamo y la previsión de que trabajando puedas pagar los interenses y ganancias del banco al prestarte el dinero.
Estos préstamos hipotecarios están dando actualmente muchos problemas tanto a los que pidieron los préstamos como a los que los concedieron. ¿Porqué?. Los motivos son:
  • Si la vivienda se compró con un precio inflado y el préstamo tambien fué acorde al precio inflado, la principal garantía de devolución del préstamo ha quedado reducida al valor real o precio de mercado (y en un mercado saturado de viviendas). Sólo queda la garantía de la previsión de que , al que le prestaron el dinero, trabajando pueda pagar los intereses y ganacias del banco mas el precio inflado de la vivienda.
  • El préstamo hipotecario es un préstamo del que responde una persona y una vivienda. Si la vivienda , por un valor inflado, sólo responde por una parte del valor del préstamo a la persona le toca responder por lo que no responde la vivienda. Esta es una de las causas por las que la "dación en pago"  no se acepta. 
  • Si a la persona a la que se le presta el dinero a cambio de unos intereses la engañan o estafan para que pague mas de lo que pensaba que firmaba en ése "prestamo hipotecario", entonces tenemos un caso de inflamiento de precios de los préstamos mediante engaño, estafa o como se llame legalmente. Tambien se ha engañado usando clausulas abusivas no negociables para el caso de impago del préstamo.
  • El plazo para devolverlo se estima en razón de la previsión de ingresos del que tiene que devolverlo. Pero ¿y si dicha prevision falla? de ésto no habla nada en el contrato de préstamo hipotecario. Si los ingresos fallan y no es porque no los busques sino porque el país está sumido en una gran crisis económica y no hay forma de encontrarlos, de ésto tampoco se habla en el contrato hipotecario.
  • TODAS las previsiones utilizadas para determinar el plazo de devolución, la cantidad a prestar, el valor de la vivienda han fallado.

Préstamos hipotecarios (parte I)

Dicen que en España tenemos la manía de comprar la vivienda en la que vivimos en vez de alquilarla. Los que dicen éso quizás no quieren saber que la gente tiene sus motivos y en algo mas que una manía debe estar basado .
En éste país la historia del siglo XX dice que cuando estás fuerte o tienes salud suficiente para poder salir a ganar dinero trabajando es cuando tienes que ahorrar para tener un techo asegurado, ya que cuando la fuerza empiece a faltar apenas ganarás dinero para comer. Digamos que no nos acabamos de creer éso de que las pensiones lleguen a ser dignas y estables, ya que una pensión digna y estable debería dar para tener un techo y comida pero siempre y cuando la prestacion sanitaria sea gratuita para los viejos y los jóvenes. Ya vemos cómo determinadas operaciones no te las hacen si tienes mas de 65 o 70 años y no porque médicamente no sea aconsejable sino porque económicamente parece que no compensa. Piensan los gestores sanitarios que la cadera rota en una persona de 70 años no es muy rentable operarla ya que dicha persona sólo cobra pero ya no aporta al sistema sanitario pues no trabaja.

Los españoles cuando podemos compramos un techo donde vivir, no nos convence lo de vvir de alquiler salvo cuando no vemos claro que vayamos a vivir mas de 5 años en un sitio.
Para comprar el techo o vivienda ahorramos y nos metemos en una hipoteca o préstamo hipotecario. Aquí es cuando topamos con los bancos y sus leyes y sus fueros, y sus "préstamos hipotecarios".

Según la constitución española todos tenemos derecho a una vivienda digna. No dice si de 30 m2 o de 100m2 , tampoco dice si ubicada en zona urbana o rural, y aunque existen términos como "condiciones de habitabilidad" en las leyes tampoco son muy precisos en qué consisten dichas condiciones. Tampoco dice si dicha vivienda ha de ser compartida o personal. De otra parte en el código civil se habla de las obligaciones de los padres con los hijos y de los hijos con los padres  respecto a alimentos y techo, de forma que en últimisima instancia es el Estado quien debe proporcionar dichos alimentos y techo.

Prestamos hipotecarios (parte II)