viernes, 14 de junio de 2013

Préstamos hipotecarios (parte I)

Dicen que en España tenemos la manía de comprar la vivienda en la que vivimos en vez de alquilarla. Los que dicen éso quizás no quieren saber que la gente tiene sus motivos y en algo mas que una manía debe estar basado .
En éste país la historia del siglo XX dice que cuando estás fuerte o tienes salud suficiente para poder salir a ganar dinero trabajando es cuando tienes que ahorrar para tener un techo asegurado, ya que cuando la fuerza empiece a faltar apenas ganarás dinero para comer. Digamos que no nos acabamos de creer éso de que las pensiones lleguen a ser dignas y estables, ya que una pensión digna y estable debería dar para tener un techo y comida pero siempre y cuando la prestacion sanitaria sea gratuita para los viejos y los jóvenes. Ya vemos cómo determinadas operaciones no te las hacen si tienes mas de 65 o 70 años y no porque médicamente no sea aconsejable sino porque económicamente parece que no compensa. Piensan los gestores sanitarios que la cadera rota en una persona de 70 años no es muy rentable operarla ya que dicha persona sólo cobra pero ya no aporta al sistema sanitario pues no trabaja.

Los españoles cuando podemos compramos un techo donde vivir, no nos convence lo de vvir de alquiler salvo cuando no vemos claro que vayamos a vivir mas de 5 años en un sitio.
Para comprar el techo o vivienda ahorramos y nos metemos en una hipoteca o préstamo hipotecario. Aquí es cuando topamos con los bancos y sus leyes y sus fueros, y sus "préstamos hipotecarios".

Según la constitución española todos tenemos derecho a una vivienda digna. No dice si de 30 m2 o de 100m2 , tampoco dice si ubicada en zona urbana o rural, y aunque existen términos como "condiciones de habitabilidad" en las leyes tampoco son muy precisos en qué consisten dichas condiciones. Tampoco dice si dicha vivienda ha de ser compartida o personal. De otra parte en el código civil se habla de las obligaciones de los padres con los hijos y de los hijos con los padres  respecto a alimentos y techo, de forma que en últimisima instancia es el Estado quien debe proporcionar dichos alimentos y techo.

Prestamos hipotecarios (parte II)

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