viernes, 14 de junio de 2013

Préstamos hipotecarios (VII) - leyes nuevas

Ley de Protección de los Deudores Hipotecarios -- limita los intereses de demora o permiten al propietario incurrir en hasta tres impagos mensuales consecutivos antes de la ejecución hipotecaria




Prestamos hipotecarios (parte VI) - leyes

Préstamos hipotecarios (VI) - leyes comentadas y comentarios

Sobre la irretroactividad de la anulacion de la clausula suelo

Publicado en http://www.finanzas.com/noticias/vivienda/hipotecas/20130614/clausulas-suelo-posibilidad-devuelvan-2361885.html

Pau A. Monserrat, director editorial de iAhorro, explica que el Tribunal Supremo tomó la decisión de limitar el efecto de la nulidad de las cláusulas suelo a las cantidades ya pagadas para evitar un 'tsunami' sobre el sector financiero, ya debilitado por la crisis. Sin embargo, recuerda que distintos expertos judiciales han considerado que la decisión contraviene la normativa del Código Civil, concretamente el artículo 1.303, que dice que "declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses".


Sobre la sentencia de anulacion de clausula suelo en hipotecas de cajasur

Publicado el 11 de junio de 2013 en http://www.eldiadecordoba.es/article/cordoba/1542198/la/audiencia/obliga/cajasur/a/eliminar/la/clausula/suelo.html


La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba por la que obliga Cajasur a eliminar la cláusula suelo incluida en algunos de sus préstamos hipotecarios, según informó ayer la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros (Ausbanc) de Córdoba. En concreto, el fallo hace referencia a una cláusula que establece el tipo mínimo en el 3 y el 4% y el máximo en el 12%, por lo que ha sido declarada nulas, límites que el juzgado ha considerado que "transgrede el principio de buena fe contractual". Para el presidente de Ausbanc, Luis Pineda, ocasiona un "desequilibrio sustancial e injustificado de las obligaciones contractuales a la vez que está originando un importante quebranto en las economías de los consumidores españoles".

La sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, algo que Cajasur ya ha anunciado que hará. Fuentes de la entidad bancaria recordaron en este sentido que el fallo "no es firme" y que ya están preparando el recurso. Desde Ausbanc animaron a Cajasur a acatar el fallo de la Audiencia sin esperar el veredicto del Supremo puesto que, según su experiencia, ya se han dictado otras sentencias sobre la misma cuestión que ratifican la condena a las entidades bancarias, como es el caso de Caixa Galicia o BBVA. Desde Cajasur, no obstante, apuntaron que la sentencia que les afecta a ellos "no guarda paralelismos con otras dictadas por el Tribunal Supremo respecto a otras entidades".

Préstamos hipotecarios (V)

Hay asociaciones y agrupaciones de usuarios o consumidores de productos de banca que se han formado para:
- protegerse de claúsulas abusivas en los contratos de préstamos hipotecarios
- protegerse de leyes que favorecen a los bancos pero que sólo ellos saben donde están esas leyes y en base a qué se aplican.
- protegerse de derechos que tienen los bancos pero que han conseguido de forma fraudulenta. (por ejemplo, vender productos financieros de alto riesgo como productos de muy bajo o ningun riesgo, el caso de "las preferentes").

Enlaces a paginas de algunas de estas asociaciones y foros:

AUSBANC CONSUMO : Asociacion de usuarios de banca. Hacen demandas y reclamaciones judiciales colectivas de temas bancarios.  A sí mismos se definen como
una entidad española privada, sin ánimo de lucro. La web es muy interesante visitarla para informarse de los avances que se van produciendo en la proteción de los derechos de los usuarios de banca.

JOSPORTAL : Es un portal donde los foros son muy interesantes y dinámicos. Hay posibilidad de contactar con abogados y aprender un poco sobre todos los temas legales con los bancos.

Préstamos hipotecarios (IV) - sentencias y enlaces

Claúsulas habituales de los préstamos hipotecarios

Claúsula suelo y Claúsula techo

La claúsula suelo se refiere a una claúsula que impide que el interés del préstamo baje por debajo de un porcentaje de interés establecido en dicha claúsula.
La claúsula techo se refiere a una claúsula que impide que el interés del préstamo suba por encima de un porcentaje de interés establecido en dicha claúsula.

Estas claúsulas se consideran abusivas cuando:
- bajo el título de un contrato de préstamo a interés variable  se ponen cotas a la variabilidad
- habiendo un suelo y techo sean absolutamente desproporcionados y se hayan puesto bajo la premisa de defender al cliente de una posible subida de tipos de interés.

Para buscar sentencias hay un portal del Consejo General del Poder Judicial que tiene un buscador para las sentencias del tribunal supremo:
http://www.poderjudicial.es
para las comunidades autonomas y audiencias provinciales:
http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp
y tambien hay un portal para buscar sentencias de las audiencias provinciales españolas:
http://www.audienciaprovincial.com/audiencia-provincial-de-cordoba


Sentencias sobre claúsulas techo y suelo consideradas abusivas 


Roj: STS 1916/2013    Id Cendoj: 28079119912013100009
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil   Sede: Madrid
Sección: 991  No de Recurso: 485/2012    No de Resolución: 241/2013   

Procedimiento: CIVIL   Ponente: RAFAEL GIMENO-BAYON COBOS
Tipo de Resolución: Sentencia   Fecha Sentencia : 09/05/2013


Auto aclaratorio sobre la sentencia STS 1916/2013
ROJ: AATS 5165/2013
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Municipio: Madrid -- Sección: 991
Ponente: RAFAEL GIMENO-BAYON COBOS
Nº Recurso: 485/2012 -- Fecha: 03/06/2013
Tipo Resolución: Auto Aclaratorio


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La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba por la que obliga Cajasur a eliminar la cláusula suelo incluida en algunos de sus préstamos hipotecarios, según informó ayer la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros (Ausbanc) de Córdoba. En concreto, el fallo hace referencia a una cláusula que establece el tipo mínimo en el 3 y el 4% y el máximo en el 12%, por lo que ha sido declarada nulas, límites que el juzgado ha considerado que "transgrede el principio de buena fe contractual". Para el presidente de Ausbanc, Luis Pineda, ocasiona un "desequilibrio sustancial e injustificado de las obligaciones contractuales a la vez que está originando un importante quebranto en las economías de los consumidores españoles".



Préstamos hipotecarios (III)

Cuando en el contrato de préstamo hipotecario con el banco te meten una claúsula abusiva hay que reclamarla. ¿Cómo? pues hay que seguir unos pasos hasta que lleguemos a una respuesta adecuada a nuestra reclamación.

Primer paso: asesoráte de que lo que reclamas tiene sentido y en qué términos o con qué palabras exactas hay que hacerlo. En términos legales no es lo mismo apropiación indebida que hurto, por ejemplo, aunque en términos coloquiales puedan parecer sinónimos. Pr eso es que te aconsejo que primero te asesores de los términos y palabras exactas con que hay que presentarla.

Segundo paso: Acercate a la sucursal del banco que te dió el préstamo y pide hablar con el director. Exponle tu reclamación verbalmente e intenta no tratar tu reclamación como un asunto personal sino como un tema finaciero y legal. Si te dice que estudiará el asunto y verá lo que se puede hacer, preguntale para cuando sabrá algo. ¡Cuidado con que te den largas para que mientras ... ellos no pierden dinero!.

Tercer paso: Acércate a la sucursal del banco que te dió el préstamo y pide una hoja de reclamaciones que rellenarás con los términos y palabras exactas con las que te asesoraron sobre tu reclamación. Deben darte copia sellada con fecha del día en que la entregas. a dicha reclamación deberían responderte por correo certificado, así que rellena bien los datos de "direccion postal" y estáte atento al buzón.
La carta que recibas como respuesta así como la reclamación que originó dicha respuesta, ¡guardalos!. Lee la respuesta y vé de nuevo a la sucursal con la respuesta y que te expliquen en qué queda la cosa. Si no es satisfactoria la respuesta ya queda la vía judicial o volver a presentar otra reclamación.

Cuarto paso: Reclamación judicial. Esto quiere decir que hay que contratar los servicios de un abogado y tener muy claro lo que se quiere reclamar. Como ahora están dándose muchisimas reclamaciones contra bancos por temas iguales, están surgiendo demandas multitudinarias contra un banco o contra varios a la vez. Unirse a una de estas demandas multitudinarias sale mas barato pero no gratis, exige que te atiendan correctamente y te lo expliquen todo muy bien. De otra parte, mira que te salga mas barato el collar que el perro.

Una cosa que puede abaratar mucho la reclamación tanto si es judicial como si es ante el "servicio de atencion al cliente" es que exista alguna sentencia  previa favorable a tu caso. Y cuanto mas se parezca el caso sentenciado al tuyo, mas probabilidades hay de que el proceso sea mas corto y favorable a tu caso. Y si hay sentencia previa favorable  a un caso igualito que el tuyo, lo único que te queda hacer es reclamar ante el "servicio de atencion al cliente" que se aplique la sentencia del caso "XXXX" dictada en fecha "XXXX" en el tribunal "XXXX" por "XXX"  a tu caso. Esto es, identifica la sentencia unívocamente y qué cosa debería el banco aplicarla. Si a ésto te respondieran con un NO , entonces queda la reclamacion judicial pero las costas serían a cargo del banco por NO haber querido aplicar dicha sentencia ante tu reclamación.

Prestamos hipotecarios (parte II)                                                 Prestamos hipotecarios (parte III)

Préstamos hipotecarios (parte II)

¿Qué es eso? ¿Qué es un préstamo hipotecario?.

Un día ves que tienes un dinero ahorrado y que quieres tener una vivienda donde envejecer  o echas raíces. Ése día buscas una vivienda para comprarla y como lo que tienes ahorrado no dá para pagarla pues vas a los bancos a pedir un préstamo.

Los bancos tienen diferentes tipos de préstamos dependiendo de:
  • si son a mas o menos plazo 
  • si son de mas o menos dinero
  • si hay mas o menos garantías de que devuelvas el dinero prestado
Como la vivienda suele ser algo que nunca ha bajado de valor (salvo cuando lo inflaron) y en cualquier caso puede incluso subir de valor pues hay un tipo especial de préstamo llamado préstamo hipotecario, que consiste en un préstamo donde:
  • el plazo para devolver el préstamo es de 20 o mas años
  • el dinero a prestar es de mas de cien mil euros 
  • la garantía es la propia vivienda que compras gracias al préstamo y la previsión de que trabajando puedas pagar los interenses y ganancias del banco al prestarte el dinero.
Estos préstamos hipotecarios están dando actualmente muchos problemas tanto a los que pidieron los préstamos como a los que los concedieron. ¿Porqué?. Los motivos son:
  • Si la vivienda se compró con un precio inflado y el préstamo tambien fué acorde al precio inflado, la principal garantía de devolución del préstamo ha quedado reducida al valor real o precio de mercado (y en un mercado saturado de viviendas). Sólo queda la garantía de la previsión de que , al que le prestaron el dinero, trabajando pueda pagar los intereses y ganacias del banco mas el precio inflado de la vivienda.
  • El préstamo hipotecario es un préstamo del que responde una persona y una vivienda. Si la vivienda , por un valor inflado, sólo responde por una parte del valor del préstamo a la persona le toca responder por lo que no responde la vivienda. Esta es una de las causas por las que la "dación en pago"  no se acepta. 
  • Si a la persona a la que se le presta el dinero a cambio de unos intereses la engañan o estafan para que pague mas de lo que pensaba que firmaba en ése "prestamo hipotecario", entonces tenemos un caso de inflamiento de precios de los préstamos mediante engaño, estafa o como se llame legalmente. Tambien se ha engañado usando clausulas abusivas no negociables para el caso de impago del préstamo.
  • El plazo para devolverlo se estima en razón de la previsión de ingresos del que tiene que devolverlo. Pero ¿y si dicha prevision falla? de ésto no habla nada en el contrato de préstamo hipotecario. Si los ingresos fallan y no es porque no los busques sino porque el país está sumido en una gran crisis económica y no hay forma de encontrarlos, de ésto tampoco se habla en el contrato hipotecario.
  • TODAS las previsiones utilizadas para determinar el plazo de devolución, la cantidad a prestar, el valor de la vivienda han fallado.

Préstamos hipotecarios (parte I)

Dicen que en España tenemos la manía de comprar la vivienda en la que vivimos en vez de alquilarla. Los que dicen éso quizás no quieren saber que la gente tiene sus motivos y en algo mas que una manía debe estar basado .
En éste país la historia del siglo XX dice que cuando estás fuerte o tienes salud suficiente para poder salir a ganar dinero trabajando es cuando tienes que ahorrar para tener un techo asegurado, ya que cuando la fuerza empiece a faltar apenas ganarás dinero para comer. Digamos que no nos acabamos de creer éso de que las pensiones lleguen a ser dignas y estables, ya que una pensión digna y estable debería dar para tener un techo y comida pero siempre y cuando la prestacion sanitaria sea gratuita para los viejos y los jóvenes. Ya vemos cómo determinadas operaciones no te las hacen si tienes mas de 65 o 70 años y no porque médicamente no sea aconsejable sino porque económicamente parece que no compensa. Piensan los gestores sanitarios que la cadera rota en una persona de 70 años no es muy rentable operarla ya que dicha persona sólo cobra pero ya no aporta al sistema sanitario pues no trabaja.

Los españoles cuando podemos compramos un techo donde vivir, no nos convence lo de vvir de alquiler salvo cuando no vemos claro que vayamos a vivir mas de 5 años en un sitio.
Para comprar el techo o vivienda ahorramos y nos metemos en una hipoteca o préstamo hipotecario. Aquí es cuando topamos con los bancos y sus leyes y sus fueros, y sus "préstamos hipotecarios".

Según la constitución española todos tenemos derecho a una vivienda digna. No dice si de 30 m2 o de 100m2 , tampoco dice si ubicada en zona urbana o rural, y aunque existen términos como "condiciones de habitabilidad" en las leyes tampoco son muy precisos en qué consisten dichas condiciones. Tampoco dice si dicha vivienda ha de ser compartida o personal. De otra parte en el código civil se habla de las obligaciones de los padres con los hijos y de los hijos con los padres  respecto a alimentos y techo, de forma que en últimisima instancia es el Estado quien debe proporcionar dichos alimentos y techo.

Prestamos hipotecarios (parte II)

miércoles, 15 de mayo de 2013

Huerto y plagas: eliminar hormigas

¿Cómo eliminar las hormigas?

Uno de los insectos que pueden arruinarte un huerto, de forma directa o indirecta son las hormigas. Bien porque muerdan los frutos , bien porque lleven a su rebaño de pulgones a pastar en tus plantas o bien porque te destrozen las raíces.

Una posible solución puede ser un compuesto químico pero ... ¡mucho cuidado! porque lo mismo que ése producto lo ingieren las hormigas lo ingerirán también tus plantas y sus frutos y el resultado podría ser un huerto con verduras tóxicas.

Lo cierto es que yo no sé la solución pero he estado indagando por internet y fuí a dar con éste vídeo en Youtube que forma parte de un "curso de huerta" en  :
Y para rematar, interesantes los términos que explica en el siguiente vídeo del mismo curso:
en concreto, los términos: infusión, maceración, purín, decocción.

Aquí otro vídeo que muestra un remedio no tóxico para matar hormigas:
http://youtu.be/pU1cuRyZETY 
El remedio de esparcir en el entorno arroz partido (al tamaño de las hormigas que tengas, para que se lo puedan llevar al interior del hormiguero) alrededor de las plantas a proteger me ha dado buen resultado. Ha tardado en hacer efecto (cerca de un mes) pero ha funcionado. ¡FUNCIONA!

Seguridad en Windows

Un enlace interesante al menos por unos cuantos artículos es: la pagina de websecurity. En concreto los artículos que me han gustado son:
Y tras leerlos llego a la conclusión de que:
  • EFS: no sirve para nada, o mejor dicho para que el que quiera conocer tus datos tarde un poco mas.
  • BitLocker: requiere un hardware muy específico. Pienso que debe dar problemas cuando se quiera hacer copia de seguridad.
  • No hay medidas efectivas de seguridad que vengan con el sistema operativo windows 7.
  • Quizás haya algún programa de pago que lo consiga pero ... eso ya es otro tema

martes, 30 de abril de 2013

Instalar Vmware player 5.0.2 en linux ubuntu 12.04


Instalar Vmware player 5.0.2 en linux ubuntu 12.04


Descargar Vmware player de la pagina de vmware eligiendo la de 64 bits o la de 32 bits dependiendo del sistema operativo que tengamos

Documentación a descargar de vmware player:
Getting started guide
Instalar y configurar vmware tools :

Instalar lo descargado con:
  #sudo su -
  password:
  # sh VMware-Player-5.0.2-1031769.x86_64.bundle –gtk

La instalación es en modo gráfico y nos pide aceptar una licencia.

Al arrancar por primera vez vmware player nos pregunta donde estan los Kernel-headers. Darle a cancelar y vamos a instalar el paquete.
Por defecto ubuntu no lo instala, así que hay que instalarlo, haciendo 

  #apt-get update
  #apt-cache search linux-headers-$(uname -r)

El resultado es el nombre del paquete que hay que instalar, así que lo instalamos con:

  # apt-get install linux-headers-$(uname -r)

Ya tenemos instaladas las kernel-headers. Ahora le damos otra vez a ejecutar el vmware player. Nos pide contraseña de root (realmente la del usuario root, no vale la de un sudoer) para compilar los modulos del kernel. Así que si no tienes asignada contraseña a root, hacer:

  # passwd root
  Introduzca la nueva contraseña de UNIX:
  Vuelva a escribir la nueva contraseña de UNIX:
  passwd: contraseña actualizada correctamente

y ya tenemos la contraseña que nos pide .
Se la damos al instalador cuando nos la pregunta, aceptamos la licencia y ya tenmos vmware player instalado.

miércoles, 13 de febrero de 2013

Sanidad Privada

Hoy estamos escuchando a todas horas dos expresiones: "privatizar la sanidad" y "gestión privada de hospitales públicos".
Hoy he visto un vídeo en youtube que me ha dejado reflexionando porque me temo que es cierto lo que en él se dice. Cualquiera que haya tenido un "accidente laboral" o "enfermedad laboral", y haya tenido suerte de que se lo hayan reconocido como "laboral", se habrá topado con la sanidad privada o "mutua laboral" y entenderá perfectamente porqué éste vídeo suena a "¡cállate que no quiero saberlo!,¡si de todos maneras me voy a enterar!, pues cuanto mas tarde mejor ...". También le sonará a verdad a aquél a quien hayan derivado a una clínica privada desde la sanidad pública para poder atenderle, siempre que lo hayan derivado para un tratamiento (como una rehabilitación de semanas por ejemplo).
Aquí paso el enlace del vídeo.
Para consuelo decir que, en cualquier caso, si no hay dinero dá igual cómo nos pongamos, la privada y la pública sin dinero no van a atendernos porque los materiales, el personal, los edificios, las máquinas, ... todo éso cuesta dinero y si no lo hay ¡que mas dá si le llamamos privado o público!. Para lo único que no es igual es para justificar que sigamos pagando impuestos bajo el epígrafe de "seguridad social" ," desempleo" y ¿llegaremos a cobrar "pension de jubilación"?.  ¿Y si no nos quitasen por fuerza de la nómina bajo el epígrafe seguridad social o similares? ¿qué pasaría?. Pues pasaría que si te toca una enfermedad chunga pues te la ibas a tener que costear "solamente tú y tú y tú", y si encima que estás enfermo tienes que pagar mas pues ... mejor te suicidas y listo o ... ¡aprueban una ley para que te ayuden a morir por si tú no te atreves a suicidarte!.

¡Qué hartos estamos de tanto ladrón! 

Bibliotecas en Málaga

Autobuses urbanos Málaga

Los autobuses interurbanos en Málaga, en general, los lleva el Consorcio de Transporte Metropolitano Área de Málaga ó CMTAM. Dicho "consorcio" no es mas que una "unión" de los servicios de transporte metropolitano de cara al servicio que prestan a los usuarios.
Los autobuses urbanos en Málaga Capital los lleva la "Empresa Municipal de Transportes de Málaga" cuya página es http://www.emtmalaga.es/

Así tenemos la llamada "tarjeta verde" ó tarjeta del consorcio con varias configuraciones de "saltos de zonas". Las "zonas" son 4 , y se llaman A, B, C y D. Para saber en qué zona estás sin mirar documento concreto basta con ver la distancia de la estacion de autobuses de Málaga capital al punto en concreto.
Dentro de lo que es la capital todo es zona A. Lo pueblos que lindan con la capital ya son zona B (Torremolinos, Alhaurin de la Torre, Rincón de la Victoria, ...) y los que ya están mas retiradillos son zona C. Y el único que es zona D es Álora.
Para saber con mas precisión en qué zona está un punto mira en la pagina del consorcio :
ww.ctmam.es
La tarjeta verde sirve para cualquier autobús urbano o de los pueblos de Málaga. Es una tarjeta con un saldo que tú cargas en los estancos y con ése saldo "pagas" al montarte. Como ya comenté tiene la configuración de "saltos" y dicha configuración sólo te la pueden cambiar en el estanco. Te interesa configurarla con la cantidad de saltos mas frecuentes que hagas. Es decir, si la vas a usar habitualmente para ir y venir de Málaga a Torremolinos entonces te interesa ponerla como de 1 salto. ¿Por qué? Ejemplo: Sales de Torremolinos y coges el bus torremolinos-malaga (pagas con tu tarjeta y te descuentan 1 Euro) , estando en málaga decides coger el autobus que vá al Martín Carpena (pagas con tu tarjeta y te descuentan 0,63 Euros). Si no hubieras tenido la tarjeta de 1 salto , y sí la de 0 saltos pues no habrias podido pagar con la tarjeta y te habria costado 1,60 Euros (torremolinos-malaga) + 0,88 Euros para ir al Martín Carpena (porque ése sí lo has podido pagar con la tarjeta) y si haces mas transbordos dentro de málaga pues 0,63 Euros mas por cada transbordo adicional. Y otro consejo adicional: si tienes dos tarjetas, una con saltos 0 y otra con saltos 1 pues mejor. Porque el día que sólo quieras moverte por una zona (la A o la B o la C o la D) el primer bus te cuesta 0,88 Euros (y no 1Euro como en la de salto 1) y cada transbordo te sale por 0,63 (lo mismo que si tuvieras la de salto 1).

De otra parte hay una serie de tarjetas de autobús para Málaga capital. Puedes verlas en la pagina de la EMT de Málaga. tarjetas bonobus para Málaga Capital

miércoles, 30 de enero de 2013

Internet y leyes en España

Internet y leyes en España

Es posible que si estás leyendo ésto tengas acceso a internet de forma regular, incluso desde tu propio hogar. Tambien es posible que hayas pensado en poner tu pagina web o en tener tu cuenta de correo o en publicar un comentario a algo que leiste o en descargar alguna cosa o simplemente en navegar por una u otra pagina web.

Pues , aunque quizas no lo sepas, hay leyes que regulan todo ésto. Es decir, porque no se te vea la cara o pienses que nadie te vé no quiere decir que puedes hacer lo que se te pase por la cabeza. Todo éso que haces cuando te conectas a internet tiene una ley que lo regula, y si no hay todavía una ley para algo en particular descuida que estará para salir.

El problema en España es que "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento" pero en España no todos tenemos acceso gratuito a una formación en Derecho y mas en concreto a Derecho relacionado con Internet, ni tampoco en España tenemos derecho a ser informados de cualquier novedad o modificacion de cualquier ley , salvo lo que sale publicado en BOE y Boletines oficiales de cada provincia y comunidad autonoma.

De otra parte si fueras a pedir asesoramiento a un organismo público sobre ésto con el fin de estar informado de tus obligaciones y derechos pues en el mejor de los casos te remitirán a un folleto poco informativo y si pides ahondar en algo pues ... o pagas a alguien especializado en el tema (y cuidado que no te garantizan que la informacion sea fidedigna y si pidieras que te lo den por escrito con seguridad jurídica entonces prepárate de verdad a pagar y bien caro).

En fin, si estás fuera o dentro de la ley a veces te enteras porque te ponen una denuncia o asistes a una conferencia sobre éste tema u otro y lo tratan de pasada; o bien,  te enteras por un caso publicado en la prensa y te dá por seguirlo de cerca (wikileaks o megaupload o piratebay).

Te doy algunos enlaces que hablan sobre internet y las leyes en España:

domingo, 27 de enero de 2013

Programar en Linux

Programar en Linux

IDE

Para programar en C, C++, Java, PHP de lo mejorcito que he visto es Netbeans.
No te olvides de mirar los primeros pasos con éste IDE que te ofrecen en la misma pagina de Netbeans. Merece la pena perder unos 30 minutos para saber todo lo que se puede hacer y cómo en este IDE.

Aprender a programar en C++ en Linux

Mira por la pagina de Enlaces que tengo puesta y verás el enlace de YoLinux.
Como tutorial para empezar a programar en C++ puedes ver un tutorial online como "C++ Tutorial Language" .
Tambien es interesante "advanced linux programming" un ebook con página oficial http://www.advancedlinuxprogramming.com/  para materias avanzadas de programación. Como libro impreso recomiendan mucho, no lo he leido aún, "Cómo programar en C++" de Deitel y Deitel.


lunes, 14 de enero de 2013

archivos PDF

Lo bueno de éste formato es que es "independiente" del dispositivo y sistema operativo a la hora de visualizarlo. Anoto algunos trucos para trabajar con ellos:

-- unir varios pdf en uno solo:
Necesitas el paquete pdftk o programa "pdf toolkit" que es gratuito y open source.
En Linux teclea algo como lo siguiente para conseguirlo:
    pdftk 01.pdf 02.pdf cat output libro.pdf  -- crear un pdf a partir de uno o varios documentos o imágenes: Necesitas una impresora de pdfs como puede ser pdfcreator o cups-pdf.  Para conseguirlo, solo necesitas instalar dichos programas o impresoras virtuales e  imprimir en ésa impresora "virtual" (digo virtual porque no es física).  El resultado tras imprimir en dichas impresoras es que obtenemos un archivo pdf (no un papel impreso).  Otra forma es usando imagemagick o graphicsmagick, usando el comando convert   # convert *.png archivo_multipagina.pdf   
  # gm convert *.png archivo_multipagina.pdf   Así puedes convertir lotes de archivos escaneados a un bonito pdf.  Sirve para formatos png, jpg y algunos mas.